Actualizado: abril 2026
En 2026, las criptomonedas ya no son territorio gris en España: Hacienda exige declarar las ganancias por venta, permuta o uso de criptoactivos. Además, el modelo 721 (declaración de criptomonedas en el extranjero) ya es obligatorio. No declarar puede suponer sanciones graves.
Las ganancias cripto tributan en la base del ahorro, igual que las acciones:
| Tramo | Tipo 2026 |
|---|---|
| Hasta 6.000€ | 19% |
| 6.001€ – 50.000€ | 21% |
| 50.001€ – 200.000€ | 23% |
| 200.001€ – 300.000€ | 27% |
| Más de 300.000€ | 28% |
Si tienes criptomonedas depositadas en exchanges o wallets fuera de España con valor superior a 50.000€ al 31 de diciembre, debes presentar el modelo 721 (entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente).
No confundir con el 720 (bienes en el extranjero): el 721 es específico para criptoactivos. La no presentación puede suponer multas de hasta 5.000€ por dato omitido.
Hacienda exige usar el método FIFO (First In, First Out): las primeras unidades que compraste son las primeras que se consideran vendidas. Esto es importante porque el precio de compra más antiguo puede ser muy diferente al actual.
| Compra | Fecha | Precio unitario | Unidades |
|---|---|---|---|
| Compra 1 | Enero 2022 | 35.000€/BTC | 0,5 BTC |
| Compra 2 | Junio 2023 | 28.000€/BTC | 0,3 BTC |
| Venta | Marzo 2026 | 75.000€/BTC | 0,5 BTC |
Con FIFO, la venta de 0,5 BTC se imputa contra la Compra 1: ganancia = (75.000 − 35.000) × 0,5 = 20.000€. IRPF: 6.000€ al 19% + 14.000€ al 21% = 4.080€.